DISPOSITIVA
Examinada y analizada como ha sido la relación de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia en el nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la presente acción de DIVORCIO 185-A, y consecuentemente, disuelto el vinculo matrimonial, contraído por los ciudadanos JOSE JULIAN QUERALES Y LIDA EVELIN AGUIRRE VENERO, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-11.236.494, V-11.757.166, respectivamente, debidamente asistidos por la Profesional del derecho, Abogado en ejercicio ANGEL MIGUEL FERLISI TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.366.880, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°165.062.
Liquídese la comunidad conyugal, si hubiere lugar a ello. No hay condenat.....