En merito de lo anterior, este Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Sur, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SE ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano por el ciudadano RAFAEL ÁNGEL POLANÍA ORTEGA, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 4.781.035, actuando en su carácter de Presidente y Representante legal de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA DEL ESTADO APURE (FUNDACITE-APURE), contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares contenido en la Providencia Administrativa No. 00335-09 de fecha 18 de septiembre de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure, donde se ordenó el Reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana MILITZA ELIZABETH DELGADO DE GONZÁLEZ, mayor de edad, venezolana, casada, titular de la Cédula de Identidad No. V- 13.949.448.-
Segundo: Se ordena aperturar cuaderno separado a lo.....