QUINTO: No habiendo admitido el imputado los hechos conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y ante la negativa del Ministerio Público a los fines del otorgamiento de la Suspensión Condicional del Proceso, a favor del imputado de autos, requisito este fundamental conforme a lo establecido en el articulo 43 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO de la presente causa conforme al artículo 331 Ejusdem, causa seguida al ciudadano LUIS GERARDO HEREDIA SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° 17.761.303, nacionalidad Venezolano, de 26 años de edad, natural de San Fernando, Estado Apure, de profesion u oficio carpintero, y residenciado en el Edificio Don Alberto, ubicado en la avenida Intercomunal, Municipio San Fernando Estado Apure, hijo de Yudi Suarez Gonzalez y Luis Manuel Heredia, por considerarlo presuntamente autor y responsable de la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el art.....