En consecuencia tal y como fueron probado los hechos antes expuestos, y estando dentro de la oportunidad legal establecida en el artículo 513 para que la Juez proceda a dictaminar el fallo, lo hace en los siguientes términos: DECLARA procedente la presente solicitud de Autorización judicial para Vender, la cuota aparte que le corresponde al adolescente YOBERSON SOLIT HERNANDEZ SERRANO, de 13 años de edad, sobre el bien mueble de las siguientes características: Marca: Chevrolet, Modelo 1978, Color: Blanco; Tipo Volteo; Uso carga, placa: 67XKAO. Serial Carrocería T17DB9V604841, Serial del motor: 31/4, que pertenece según Certificado de Registro de Vehículo Nº 25166926, expedido por el Ministerio de Infraestructura. Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, a la ciudadana MIRIAN ZULAY SERRANO DE HERNANDEZ. En consecuencia que plenamente autorizada la ciudadana antes mencionada, para vender en nombre y representación de su hijo (Identidad omitida de conformidad c.....