Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Acuerda: Mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Libertad, como lo es la de presentación por ante el Cuerpo de Alguacilazgo de este Circuito y Extensión cada quince (15) días, a favor del ciudadano imputado, Rafael Eduardo Rodríguez, venezolano, de 18 años de edad, indocumentado, de estado civil soltero, residenciado en la calle principal, casa s/n, al lado de la Policía, casa de María Diaz, Totumito, Estado Apure; de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal,. Notifíquese las partes. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL,
ABG. BETTY YANETH ORTIZ CHACON
LA SECRETARIA,
ABG. YRMA PEREZ PLANA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en fecha
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