PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta en fecha 28 de noviembre de 2001, por la abogada YNES MAIGUALIDA QUINTERO, actuando con el carácter acreditado en los autos, en contra de la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2001, dictada por el Tribunal de la Causa.
SEGUNDO: Revocada y sin efecto legal alguno la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2001, dictada por el Tribunal de la Causa por la cual declaro: Sin lugar la Querella Interdictal propuesta por la ciudadana ELDA DEL CARMEN CARDOZA GONZALEZ, identificada en autos, en contra de las ciudadanas SOBEIDA BIELMAN, MARIA MARTINEZ y YURAIMA ORTIZ, igualmente identificadas.
En consecuencia, se repone la presente causa al estado en que se fije la oportunidad para que las partes expongan sus alegatos, previo al inicio del lapso de promoción de pruebas, de conformidad con lo establecido en los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo establ.....