este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la Demanda de Ofrecimiento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana JOSE ESCALONA RODRIGUEZ... y se AUMENTA con carácter DEFINITIVO la Obligación de Manutención a la suma de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 750,oo), a partir del presente mes de Agosto y año en curso, mas aportes extras en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año por la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 750,oo) y el monto de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo)