este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: PEREZ VIÑA RAFAEL EMILIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nº 2.231.574, de este mismo domicilio, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este tribunal. Conformadas por un conjunto de bienhechurias consistentes en: una casa de construcción mamposteria, con Tres (03) Habitaciones, con baño interno y todos sus accesorios, ventanas de hierro, puertas de hierro, techo de platabanda, piso de cemento, Una (01) Sala Cocina empotrada, Una (01) Sala recibo, Totalmente cercada con b.....