este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Contrato de Arrendamiento expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha 03 de diciembre del año 2.013; dicho terreno consta de TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360,00 M2); ubicado en la "AVENIDA FUERZAS ARMADAS", de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: AVENIDA FUERZAS ARMADAS, EN (18,00 Mts); SUR: CASA DE LA SRA. CARMEN FARFÁN, EN (18,00 Mts); ESTE: CASA DE LA SRA. GREGORIA ZARATE, EN (20,00 Mts); OESTE: CASA DEL SR. JULIO CARRASCO, EN (20,00 Mts); las cuales ha.....