En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, extensión Guasdualito, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento de lo expuesto en los artículos 272 y 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ORDENA el traslado del penado NICOLÁS RAMÓN VILLAMARÍN ORTIZ, venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad No. V-16.488.918, hasta la Notaría Pública y la Prefectura, ambas del Municipio San Fernando de Apure, a objeto de diligenciar trámites obligatorios para contraer matrimonio. Líbrese Boleta de Traslado, oficio y Boleta de Notificación.
La Juez de Ejecución,
Abg. Nelly Mildret Ruiz Ruiz.
La Secretaria,
Abg. Carmen P. Loggiodice.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. Carmen P. Loggiodice.