En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2.- Admite el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con solicitud de Amparo Cautelar interpuesto por el ciudadano José Manuel Zerpa Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 24.517.418, debidamente asistido por el abogado Amílcar Guedez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.582.869, Inscrito en Inpreabogado bajo el N° 97.668, contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares dictado por el Consejo Disciplinario De La Policía Del Estado Apure, de fecha 23 de Agosto de 2018, adscrita a la Gobernación Del Estado Apure.-
3.- Improcedente la solicitud de Amparo .....