Por las razones antes, expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: MEDIDA DE SECUESTRO PREVENTIVO, de conformidad con los artículos 645, 585 en concordancia con el articulo 588 ordinal 1 y 599 numeral 3 del Código de Procedimiento Civil, sobre un vehículo y cuyas características son las siguientes: MARCA: RENAULT, CLASE: AUTOMOVIL, MODELO: SCENIC /1.6, PLACA: AB930YW, AÑO 2007, TIPO: SEDAN. COLOR: VERDE, SERIAL DE CARROCERIA: 93YJA00357J880042, SERIAL DEL MOTOR: K4MJ706Q100420, USO: PARTICULAR, el cual se encuentra en posesión del demandado de autos JORGE ELIEZER RODRIGUEZ. Que se depositen los bienes muebles embargados preventivamente conforme a lo dispuesto en el artículo 539 ejusdem.
SEGUNDO: Se ordena comisionar amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor.....