DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Profesionales del Derecho CARLOS RAMÓN ZAMBRANO ARAUJO y JOSÉ ENRIQUE HERNÁNDEZ LEDEZMA, Fiscal Principal y Auxiliar Décimo Cuarto del Ministerio Público, respectivamente, contra la decisión (auto) de fecha 09 de Febrero de 2009, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Guasdualito, al declarar Inadmisible la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público, Declarar Con Lugar la excepción prevista en el literal "c" numeral 4 del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal y decretar el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo establecido en el artí.....