DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos JULIO CESAR OROZCO LOPEZ, JULISSA DE JESUS OROZCO LOPEZ Y JUAN MAUEL OROZCO LOPEZ venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, titular de la Cedula de Identidad Nros°. 15.998.686, 15.998.685 y 19.151.381, de este domicilio; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus JULIO CESAR OROZCO JIMENEZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:31 a.m., del día Catorce(14) del mes de Mayo del Dos Mil quince (2.015). Años 205º de la Independencia y 156º de la federación.-
EL Juez;
Abog. Francisco Javier Pa.....