Declara: PRIMERO: CON LUGAR la Demanda por DIVORCIO ORDINARIO, fundamentada en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente, causal Ordinal 2°, que contempla el "ABANDONO VOLUNTARIO", incoada por la ciudadana: YLSIA YELITZA CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.549.954, con domicilio en la Carretera Nacional Bruzual- Mantecal, Casa s/n, frente a la Manga de Coleo, Parroquia Bruzual, Municipio Muñoz, estado Apure; contra el ciudadano: WILFREDO RAFAEL ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.271.366.-