DECISION.
En orden a los razonamientos expuestos este Juzgado Segundo de Primera instancia cíe Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que el confiere la Ley declara SIN LUGAR, la demanda por PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por la ciudadana, MÉNDEZ DALIA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular cié la Cédula de Identidad número V- 8.902.310, representada por el Abogado en ejercicio MARCOS GOITIA venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-1 1.756. 223, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 75.239, contra HOGARES DE CUIDADO DIARIO SECCIONAL APURE, representado por el abogado en ejercicio JOSÉ RAFAEL PAEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9. 590.561, e inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el número 46.126 y de este domicilio. Así se decide.
Notifíquese al Procurado.....