Con base a las consideraciones precedentemente expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a decidir en los siguientes términos:
UNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 18-12-2015 por la Abg. Marly Margarita Martínez, Fiscal Décima Novena del Ministerio Público, contra la decisión dictada el 14-12-2015, y publicada el 15-12-2015, mediante la cual la Jueza 1ª de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Jessica González, decretó detención domiciliaria del adolescente Enrique Rafael Reyes Oropeza, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 582 literales a y g de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, pr.....