Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR CADUCIDAD, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana ENMA ELIZABETH GARRIDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.195.988, representada judicialmente por la abogado en ejercicio y de este domicilio WIECZA M. SANTOS MATIZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 66.633, contra Alcaldía del Municipio Biruaca del estado Apure.