este Tribunal Primero del Municipio Achaguas Estado apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: JESUS FURGENCIO ABAD, venezolano, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nº 16.512.336, domiciliado en Finca "La Doña" de esta Jurisdicción, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este tribunal. Conformadas por unas bienhechurias que se describen a continuación: Una (1) casa de bahareque con friso de cemento, constante de una cocina, una sala comedor, un baño externo, dos habitaciones, puertas de hierro y ventanas de madera, con techo de zinc, piso de cemento, un (1) potrero debidamente cercado con estantes de madera y alam.....