Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, DECLARA: Pensión Alimentaria Definitiva, por la cantidad de BOLIVARES TREINTA MIL ( Bs. 30.000,oo), a favor del niño: FREILANDER JESÚS VILLANUEVA VARGAS, y el obligado, FREDDYS ALIRIO VILLANUEVA AVENDAÑO, deberá efectuar dicho pago por adelantado, tal como lo dispone el Artículo 374 de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente