En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara Sin lugar la recusación interpuesta el 11-9-2017, por el abogado Naser Rivas, en la causa Nº CP31-S-2017-001006, seguida en contra de Alexis Renato Hernández Ortiz, por la presunta comisión del delito de Acto Carnal con Víctima Especialmente Vulnerable, previsto en el artículo 44, primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal, y la agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en contra del Juez 1ª de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia .....