CONDENA al acusado CORNELIO ARIZA, ya identificado, a cumplir la pena de quince (15) años de prisión, por la comisión de los delitos de Tráfico De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en concordancia con el artículo 77 ordinal 2º del Código Penal, cometido en perjuicio del estado venezolano y Tráfico De Sustancias Estupefacientes En La Modalidad De Ocultamiento, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de la Salud Pública, igualmente se le condena a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, salvo la sujeción de la vigilancia a la autoridad por haber sido declarada inconstitucional por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el acusado cumple la pena aproximadamente el 07 de marzo de 2027.