Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; actuando en sede constitucional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la accion de Amparo Constitucional Contra Sentencia Conjunatemente con Solicitud de Medida Cautelar, presentada por los abogados Jean Carlos Martínez, Carlos Williams Verenzuela Aguirre y José Luis Rivera Rivera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.977.757, V-17.200.339 y V-18.970.843, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 192.100, 244.531 y 276.695, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Carlos Enrique Pinto Alvarado, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.184.337, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUN.....