DISPOSITIVA
En virtud de los motivos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar las pretensiones interpuestas el 25-7-2014, por los Abogados: Wilmer Quintana, Frederick Díaz, Defensores Privados de los ciudadanos: María Rafaela Moreno, Luís Alejandro Ruiz, Mayra Lisania Ruiz, Adrian Jhoan Vargas, Adriana Yoleika Vargas, María Alejandra Ruiz, y María de los Reyes Bolívar, y el 22-7-2014, por el Abogado Juan Inés Graterol Castillo, Defensor Privado del ciudadano Jairo Francisco Peña Márquez, contra la decisión dictada el 17-7-2014, por el Juez 1º del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Edwin Manuel Blanco, mediante la cual acordó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los ciud.....