este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio, en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: OSCAR ARMANDO ARCIA CARRASQUEL Y ANA MARIA VILLANUEVA QUIROZ, el cual contrajeron por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 15 de Mayo de 1.999, según consta del Acta de Matrimonio N° 135 acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Dieciséis (16) días del mes de Enero del Dos Mil Nueve (2009). Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
La Jueza.
Dra. ANAID C. HERNANDEZ
Secretario Temporal,
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