Visto el escrito presentado por la ciudadana, SILVA CLEMENCIA MENDOZA COLMENARES (F.1), venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.616.632, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre unas bienhechurias, las cuales construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno propio que está comprendido dentro de los siguientes linderos; NORTE: Calle por medio con terreno arrendado a Freddy Ramírez, ahora propiedad de Mildred Caro, mide 50,50 metros, SUR: Casa y Terreno de Vicente Blanco, mide 41 metros. ESTE: Terreno arrendado al señor Octavio Monagas, mide 41 metros y Oeste: Canal de Drenaje, mide 39 metros. Las bienhechurias se encuentran sobre una parcela de terreno de su propiedad constante de Mil Ochocientos ochenta metros cuadrados (1.880 M2), ubicado en el Sector Matadero antes (El espinero) de la Población de Elorza, Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure y consisten en: Una casa de .....