Estando en la oportunidad procesal correspondiente, pasa éste Tribunal a pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas en el escrito de promoción de pruebas presentado en el lapso de la articulación probatoria en fecha 16-01-2024, por la Ciudadana LIVIA DEL CARMEN MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.591.204, actuando en representación de los derechos que le corresponden a su difunto concubino ciudadano JOSE LUIS MOTA ALVAREZ, debidamente asistida en este acto por la Abogada Ciudadana LESVIE VICTORIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.241.607, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 202.824, Por cuanto las pruebas contenidas en el mismo no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en cuanto ha lugar en derecho y salvo su apreciación en la definitiva, este Tribunal ADMITE las pruebas que se discriminan a continuación; En lo relacionado a las PRUEBA DOCUMENTALES, Promueven las prueb.....