Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con Sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión de la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento en Divorcio, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos MARY CARMEN NAVAS RODRIGUEZ y CARLOS NECTALIS BARRIOS GALLEGOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 13.806.780 y 14.812.197, por ante la Presidencia del Concejo Municipal del Municipio Biruaca, Estado Apure, el día 21 de Septiembre del año mil novecientos noventa y nueve (1.999), tal como consta en acta de matrimonio llevada por los libros de Registro Civil de Matrimonios del mencionado Concejo durante el año 1.999, signada .....