PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público, ABOG. MARYURI LAPREA, en contra de los ciudadanos: TOVAR ALVARES ALEXIS EDUARDO, MARY LYNNE REYES GAMEZ, CARLOS ALFREDO GUEDES HERNÁNDEZ y KALID JAVIER GARCÍA QUIROZ, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V-17.608.951, 10.816.763, indocumentado y 19.952.220, por considerarlos autores y responsables del delito de POSESION ILICITA, conforme a lo previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, así mismo los medios de prueba por ser útiles pertinentes y necesario.
SEGUNDO: En aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos CONDENA al los ciudadanos: TOVAR ALVARES ALEXIS EDUARDO, MARY LYNNE REYES GAMEZ, CARLOS ALFREDO GUEDES HERNÁNDEZ y KALID JAVIER GARCÍA QUIROZ, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V-17.608.951, 10.816.763, indocumentado y 19.952.22.....