En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición realizada al decreto de intimación por la Abogada LISEHT CAROLINA BATTA, en su carácter de defensor Ad-Litin, del ciudadano RAMON BELISARIO BARRIOS.
SEGUNDO: CON LUGAR, el derecho que tienen a cobrar los Abogados ALEXIS RAFAEL MORENO LOPEZ y JUAN CARLOS GOMEZ BERMEJO, al cobro de los honorarios profesionales intimados en el presente procedimiento, procédase a la constitución del Tribunal Retasador conforme a la Ley, para que determine el monto que debe pagar el intimado a la parte intimante por las actuaciones judiciales.
TERCERO: Procedente la indexación solicitada por los intimantes del monto que en definitiva le corresponda pagar al intimado de autos, conforme a la determinaci.....