En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: Admitir la precalificación Fiscal, en contra del imputado RINCON SANDOVAL NODYER ALBEIRO, Colombiano, titular de la cédula de Ciudadanía No. C.-17.597.023, natural, Colombia, nacido en fecha ,09 de octubre de 1985, residenciado en la Carrera 26, Nº 26-80, Barrio 07 de agosto, Arauca República de Colombia,, por la presunta comisión del delito de Falsa Atestación, tipificado y sancionado en el primer aparte del artículo 320 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se decreta la Aprehensión de Flagrancia, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: La continuación del proceso por el Procedimiento Ordinario, tomando en consideración lo incipiente de la investigación y las actuaciones .....