En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Vía de Hecho), interpuesto por la ciudadana Maria Celina García, titular de la cedula de identidad Nº 8.185.465, representada judicialmente por los Abogados Jesús Wladimir Córdoba Bolívar y Juan Bautista Córdoba Serrano, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 133.170 y 20.868, respectivamente, contra las actuaciones materiales o vías de hecho provenientes de la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure.
SEGUNDO: Se ordena la Reincorporación de la ciudadana Maria Celina García, al cargo que venía desempeñando como cajera III, en el Terminal de pasajeros "Humberto Hernández",.....