este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio, en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: HECTOR ALEXIS BEJAS CORTEZ y ANA YSEIDA VENERO, el cual contrajeron por ante el Concejo del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 27 de Mayo de 1999, según consta del Acta de Matrimonio N° 09 acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los diecisiete (17) días del mes de Enero del Dos Mil Ocho (2008). Año 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ
La Secretaria,
Abg. AURI TORRES LAREZ
Conforme lo ordena.....