DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el Nº 2C-5657-04, seguida a favor del ciudadano: JOSE GREGORIO RIVAS, Titular de la cedula de Identidad Nº V-9.521.431, soltero de profesión u oficio Albañil, residenciado en Barrio La Hidalguia, Calle Principal, Casa S/N de esta ciudad, por la presunta comisión de unos de los Delitos RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 216 del Codigo Penal Venezolano en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
ABG. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL