DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Mixto segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad a las previsiones del artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, POR DECISIÓN DIVIDIDA, DECLARA:
PRIMERO: INOCENTE a la Ciudadana MARIA DE LOS REYES BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.876.847, natural de Biruaca, Estado Apure, nacida el 11-05-67, hija de Rosa María Bolívar y de José Lorenzo Córdova, de estado civil soltera, residenciada en el Sector Las Raicitas; Casa sin numero, color azul, Biruaca, Estado Apure; de la comisión del Delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Segundo Aparte del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuic.....