En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2. ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con su Reforma, interpuesto por el ciudadano Ceballos Mejías José Alejandro, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.683.131, debidamente representado por el abogado Luis Alfredo Arguello Hurtado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº. 147.445, contra la Gobernación del Estado Apure (Comandancia General de Policía del Estado Apure).-
3. Se deja sin efecto la decisión de fecha 09 de mayo de 2022, y oficios Nros. 0120-. 2022, 0121-2022, 0122-2022.-
4. Procedente la solicitud de Amparo Cautela.....