DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud fiscal en el sentido de decretar la Aprehensión en Flagrancia conforme a lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se acuerdo proseguir la fase preparatoria y la secuela del proceso de la presente investigación por el Procedimiento Ordinario de conformidad a las previsiones del encabezado del artículo 373 ejusdem.
SEGUNDO: Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a favor de la ciudadana, de conformidad a lo establecido en el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia queda obligado la referida imputa MARLENE JOSEFINA PARADES, titular de la cédula de identidad N° 11.762.220 a: A) Realizar presentaci.....