ÚNICO: declara SIN LUGAR el recurso interpuesto por las profesionales del derecho LESBIA ALMARZA CLISANCHEZ y MARIELYS M. YOVERA DAZA, en su carácter de Fiscales; principal y auxiliar, respectivamente, de la Fiscalía Vigésima Octava del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión dictada y publicada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial, en fecha 03 de Julio de 2008, que decidió anular la Orden de Aprehensión dictada en fecha 01JUL de 2008, y los actos con posterioridad a ello, ordenando la citación del investigado ÁNGEL SATURNO VALERA VÁSQUEZ de conformidad con lo previsto en el artículo 180 del Código Orgánico Procesal Penal para que se materialice el acto formal de imputación. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos: 2, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana, 190, 191, 195 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.