la Suspensión Condicional del Proceso, a favor del ciudadano: JONATHAN JOSE CAMACHO RAMIREZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.627.816, y en consecuencia se impone por lapso de Tres (03) meses las siguientes condiciones: 1.- No cometer nuevos delitos. 2.- Realizar una donación a la Coordinación Judicial de éste Circuito Judicial Penal, consistente en donar dos (2) resmas de hojas blancas tipo oficio. Se fija Audiencia Especial de verificación de cumplimiento para el día 18-12-15 las 9:30 am, de conformidad con lo establecido en el artículo 43, 359, 359, 360 y 361 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedando entendido por parte del (los) acusado (s), que el incumplimiento de algunas de ellas se procederá conforme a lo establecido en el artículo 362 del adjetivo penal. Cúmplase.