En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 7-10-2021, por el Abogado Carlos Andrés Salas García, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Anthony Jesús Pérez Vergara, contra la decisión dictada el 28-9-2021 y publicada el 1-10-2021, por la Jueza 2ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Rosmery Torres, mediante la cual acordó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Anthony Jesús Pérez Vergara, por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado con Alevosía, previsto en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, y Uso Indebido de Arma O.....