PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 24 de abril de 2003, interpuesta por la abogada NORAIDA PEREZ GUERRERO, con el carácter acreditado en los autos, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa en fecha 05 de marzo del 2003.
SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó la ciudadana FLOR MARIA CORDERO, identificado en los autos, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, representada por el Gobernador GIAN LUIS LIPPA. En consecuencia, se condena a dicha Gobernación a cancelar al demandante la cantidad de DOCE MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DIECINUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.12.149.019.56) por concepto de Prestaciones Sociales, discriminados de la manera siguiente:
Antigüedad según el antiguo régimen = 1.041.133.50
Intereses acumulados anticuo régimen=3.450.826.15
Antigüedad según el nuevo régimen = 774.629,52
Intereses Acumulados: = 2.701.....