este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: IRMA LETICIA TORO, venezolana, mayor de edad, Soltera, de este domicilio y portadora de la Cèdula de Identidad Nº 6.937.167, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este tribunal. Conformadas por un conjunto de bienhechurias consistentes en una Casa de Habitación descrita de la siguiente forma: Tres (3) dormitorios, Un (1) baño con todos sus accesorios, Una (1) sala-comedor, Un (1) corredor, Una (1) Cocina empotrada, Un (1) lavadero, Un (1) Porche, paredes de bloques de cemento frisadas totalmente,.....