SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y 822 del Código Civil, este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Muñoz (Mantecal) De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus CARMEN ELOINA HERNANDEZ DE ALAS, a los ciudadanos JOSE RAFAEL ALAS HERNANDEZ, CESAR ALFREDO ALAS HERNANDEZ, MIROSLAVA DEL CARMEN ALAS HERNANDEZ, CARMEN GABRIELA ALAS HERNANDEZ y CARMEN SOLEDAD ALAS HERNANDEZ, en su condición de hijos del referido de cujus, en el mismo orden en que se mencionan.-
Devuélvanse las presentes actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la presente decisión.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada a los .....