Conforme a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadanoJULIO JOSÉ INOJOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.406.405, debidamente representado por el Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.669.093, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 0004-19, emanada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure, en fecha 09 de enero de 2019, la cual cursa en el expediente administrativo signado N° 058-2018-01-00488; mediante la cual declaró con lugar la solicitud de Autorización para Despedir por causa justificada al trabajador JULIO JOSÉ INOJOSA, supr.....