...le imparte su Homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil venezolano, el cual reza: "En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria..."; en consecuencia, se acuerda archivar el presente asunto visto el DESISTIMIENTO realizado por la parte demandante, ciudadano NIXON HERNAN CARRILLO BLANCO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.791.181, domiciliado en la Av. El Estudiante, Nº 1, Guasdualito, Municipio Paez, Distrito del Alto Apure, Estado Apure, en el presente asunto de Demanda de Divorcio Contencioso 185 Ordinales 2º y 3º, en contra de la ciudadana RAIZA DEL ROSARIO SANTANA VARGAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.418.0.....