Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN CE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, AUTORIZA el cambio de Oferta de Trabajo en la MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, otorgada a la penada LUZDARY QUINTERO CARRASCAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.924.448, nacida el día 15-11-1983, en la ciudad de Guasdualito, Estado Apure, quien fue condenada por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con la competencia otorgada por el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en su numeral 1ro, por haber cumplido con.....