PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del Derecho RINALDA B. GUEVARA, en su condición de Defensora Pública Segunda Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Apure, del ciudadano, JOSÉ RAMÓN MALDONADO CHACÓN, contra decisión dictada y publicada por el Tribunal supra, en fecha 10-01-2008, con ocasión a la solicitud del Beneficio de Confinamiento que hiciere la Defensa en su oportunidad, en la causa distinguida bajo la nomenclatura 1E-290-03. En consecuencia, se CONFIRMA, la decisión de conformidad con lo previsto en los artículos: 52, 53, 56 y 100 del Código Penal.