este TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Primero: Declarar el INCUMPLIMIENTO de la sanción de REGLAS DE CONDUCTA impuesta en fecha 28 de octubre de 2010 a la joven adulta sancionada (SE OMITE LA IDENTIFICACION DE LA AOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) Segundo: Declarar la EVASIÓN del proceso por parte de la ciudadana joven adulta sancionada (SE OMITE LA IDENTIFICACION DE LA AOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), en consecuencia de declara en REBELDÍA, y se ordena su CAPTURA por parte de los órganos de seguridad del Estado, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección de .....