este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 y en concordancia con el articulo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600.oo) MENSUALES, mas las cantidades de MIL SESICIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600,) por Bonificación Escolar y MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.800,oo) por Bonificación de fin de Año, aumento por Obligación de Manutenciòn que el ciudadano: RAIMUNDO RAUL GARCIA TORREALBA, debe cumplir a favor de sus hijos (Se omite el nombre de conformidad con el Artículo Nº 65 de la L.O.P.N. N. A.)
TERCERO: Las partes en el presente Juicio son la ciudadana: IVONNE RAFAELA DELGAD.....