PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 12 de enero de 2004, interpuesta por el abogado JUAN T. PERES OJEDA, con el carácter acreditado en los autos, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano CLAIDEL EMILIO GARCIA SILVA, identificado en los autos, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, representada por el Gobernador GIAN LUIS LIPPA. En consecuencia, se condena a dicha Gobernación a cancelar al demandante la cantidad de SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL DIECISEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.6.522.016,94), por concepto de Prestaciones Sociales, discriminados de la siguiente manera:
¿ -Antigüedad según el antiguo régimen más intereses y el Bono de Transferencia Bs. 275.805,00
¿ -Antigüedad según el nuevo régimen Bs. 669.010,50
¿ Vacaciones vencidas y no disfrutadas Bs. 2.398.251,59
¿ Cesta Tickets Bs. 796.320,00
¿ D.....